Anuncio Adopción Medidas para garantizar la seguridad pública

13/03/2020

D E C R E T O.- Con el fin de evitar la propagación del COVID-19, y en atención a las acciones establecidas por la Jefatura de Estado mediante el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico, y para la protección de la salud pública, y por el Gobierno de Canarias; de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, que viene en señalar que el Alcalde podrá

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, modificadas por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización de los Gobiernos Locales, y demás normativa concordante de general y pertinente aplicación,

HA RESUELTO:

PRIMERO.- Además de las actuaciones adoptadas por esta Alcaldía sobre la apertura de espacios públicos y la celebración de eventos que pudieran concentrar un número de asistentes superior a 500 personas, de forma particular, y en relación al desarrollo de las funciones de los empleados públicos municipales, se adoptan las siguientes medidas:

- El cierre y suspensión total de las actividades en los siguientes bienes inmuebles municipales a lo largo de los próximos 14 días:

  • -  Casa de la Cultura de San Agustín.

  • -  Escuela de Música y Danza.

  • -  Academia de Pintura.

  • -  Centro de Mayores.

  • -  Escuelas Infantiles.

  • -  Complejo Deportivo El Mayorazgo.

    - El Ayuntamiento permanecerá abierto pero sólo habrá atención al público en el Registro General. En esta Casa Consistorial el personal prestará sus servicios en

    sus respectivas oficinas.

    - El centro de Servicios Sociales permanecerá cerrado al público, únicamente se accederá al mismo por el personal que presta sus servicios en dicho centro que continuará haciéndolo sin atención al público, salvo que el propio empleado público considere necesaria y urgente la atención. Los empleados públicos que presten servicios en las diferentes U.T.S. de este municipio, durante el plazo establecido, prestarán servicio en las respectivas U.T.S. pero cerradas al público.

    - Permanecerán cerrados al público la Biblioteca Municipal, la Casa de Juventud, la Casa de la Cultura Rómulo Betancourt, el Centro de Usos Múltiples de la Torrita y el Centro de Usos Múltiples Camino de Chasna, trabajando el personal en los mencionados centros, sin atención al público.

    - Se suspenderán las citas con las distintas oficinas, así como las reuniones que estuvieran previstas para los próximos 14 días.

    - El público será atendido en horario de oficina a través del teléfono, correo electrónico y sede electrónica. No obstante, en el caso de existencia de una urgente necesidad del usuario de atención por parte de este Ayuntamiento, se podrá atender personalmente, si el responsable del servicio lo considerara necesario.

    - Se suspenderán el Taller de Fotografía, la Escuela de Ajedrez y el resto de cursos organizados por este Ayuntamiento o en los que este Ayuntamiento es colaborador durante el plazo de 14 días.

    - Las bodas civiles en el Ayuntamiento serán a puerta cerrada pudiendo acceder únicamente los novios, testigos y familiares más directos (1a línea de consanguinidad o afinidad).

    - El Registro General permanecerá cerrado los sábados 14 y 21 de marzo de 2020.

    SEGUNDO.- El plazo de suspensión será de catorce días a partir del día de la fecha, con la posibilidad de prórroga si se mantiene la situación de emergencia y en función de lo que indiquen las autoridades sanitarias.

    TERCERO.- En atención a las acciones establecidas por la Jefatura de Estado mediante el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico, y para la protección de la salud pública, concretamente en la segunda medida, se dispone que el personal municipal que deba permanecer, de forma imprescindible, en su domicilio por cuidado de hijo menor de 14 años o mayor dependiente y se vea afectado por cierre de la actividad educativa en Canarias ordenado por el Gobierno de Canarias, deberá solicitarlo como “deber inexcusable” en el Registro General o por la sede electrónica.

    En el caso de que ambos progenitores o responsable del mayor dependiente tengan la condición de personal al servicio del Ayuntamiento, no podrán disfrutar de estas medidas simultáneamente.

    El personal que presta servicios administrativos, lo hará, desde su domicilio a través de Teletrabajo, en las medidas de sus posibilidades.

    Los miembros de la Policía Local, considerando que su jornada laboral es de 14 horas por convenio entre este Ayuntamiento y los representantes de la Policía Local, deberán prestar servicios desde las 15:00 a las 22:00 horas.

    CUARTO.- Dar publicidad de la presente resolución para conocimiento del público en general.