Perfil de Contratante

Perfil de Contratante -

Por ejemplo, 27/12/2024
Por ejemplo, 27/12/2024

Orden del día pleno ordinario 28 de octubre 2024

24/10/2024

Orden del día del pleno ordinario a celebrarse el próximo lunes, 28 de octubre 2024, a las 9:00 am. 

Plan Municipal de Becas - Ayudas al Estudio

11/10/2024

DESCRIPCIÓN

El Ayuntamiento de La Orotava, a través del Área de Educación, tramita la concesión de Ayudas al Estudio de forma anual, y que se rige por la "Ordenanza Específica de las Bases Reguladoras de las Ayudas al Estudio para el alumnado residente en el municipio de la Villa de La Orotava", publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (BOP), número 118, de fecha 1 de octubre de 2021.

DESTINATARIOS

El objeto de este procedimiento es la solicitud de ayudas al alumnado residente en el término municipal de La Orotava y que cursen estudios en los niveles de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior de Formación Profesional, Academia de Arte "Perdigón" (de Dibujo, Pintura y Confección de Alfombras), Aulas Enclave, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Escuela Municipal de Música y Danza "Villa de La Orotava" y Universitarios que cursen estudios dentro y fuera de la Isla de Tenerife.

LUGAR DE PRESENTACIÓN

  • Oficina de Asistencia en Material de Registros del Excmo. Ayuntamiento de la Villa de La Orotava, sito en Plaza del Ayuntamiento, s/n, en horario de 08:00 h. a 13:30 h. Será necesario pedir cita previa a través del siguiente enlace https://www.laorotava.es/cita-previa o llamando al 922.32.44.44

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Del 12 de octubre al 11 de noviembre de 2024 (ambos incluidos)

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

Junto con la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:

Documentación General

  1. Copia del D.N.I. del padre, madre o tutor del alumno/a que solicita la ayuda y de todos los miembros computables de la unidad familiar.
  2. Copia del D.N.I. o N.I.F. del alumno
  3. Copia del Libro de Familia.
  4. Modelo de alta de datos de terceros del titular de la cuenta bancaria donde realizar el pago de la ayuda solicitada. Si la cuenta bancaria está a nombre de un menor, deberá indicarse los datos del menor como interesado, y los datos del padre, madre o tutor legal como representante. APORTAR EL COMPROBANTE BANCARIO que demuestre la titularidad o cotitularidad de la cuenta a nombre del estudiante.
  5. Documentación justificativa, en su caso, de la concurrencia de alguno/s de los criterios de preferencia establecidos en las bases.

Datos económicos

  1. Copia de la última declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar o declaración de que la presentación de la misma no fuere obligatoria o, en su defecto, autorización para recabar la información a través de las plataformas de intermediación de datos.
  2. Documentación acreditativa de los ingresos mensuales que perciba la unidad familiar a que pertenece el solicitante en el momento de presentación de la solicitud. Podrá justificarse mediante la aportación de la siguiente documentación:
  • Copia de las dos últimas nóminas
  • Certificados de haberes y retenciones
  • Recibos de prestaciones por desempleo, pensiones, etc.
  1. Documentación acreditativa que considere de interés presentar en apoyo de su petición, derivados de su situación familiar económica y social: paro, jubilación, incapacidad, separación, divorcio, invalidez, discapacidad, orfandad, etc.
  2. En caso de divorcio o separación legal de los padres, se aportará copia de la sentencia judicial; si la separación es de hecho podrá acreditarse mediante acta notarial o demanda de separación o divorcio. En todo caso, se aportarán los acuerdos económicos existentes.
  3. En el caso de que la situación económica de la unidad familiar no se desprenda de los apartados anteriores, la misma podrá ser acreditada mediante cualquier otro medio diferente a los expresados, pudiéndose recabar, incluso, informe de los servicios sociales municipales.
  4. En el caso de haber solicitado beca del Ministerio de Educación, de la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias o de cualquier otra entidad pública o privada, deberá presentar copia del resguardo correspondiente si se halla en trámite o la credencial en el supuesto de concesión o denegación y reflejarlo en la instancia.

Datos académicos

  1. Certificado o documento acreditativo de encontrarse matriculado oficialmente en el curso académico para el que se solicita la ayuda.

NORMATIVA APLICABLE

  • Ordenanza Específica de las Bases Reguladoras de las Ayudas al Estudio para el alumnado residente en el municipio de la Villa de La Orotava.
  • Bases de Ejecución del presupuesto General.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

ÁREA RESPONSABLE

Actividades Preferentes (Educación)

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER

El Alcalde

PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

6 meses

EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

Desestimatorio

INFORMACIÓN ADICIONAL

Incompatibilidad: estas ayudas son incompatibles con cualquiera otras de la misma finalidad que pudieran recibir de otras entidades o personas públicas o privadas

Requisitos Económicos de los Solicitantes: las ayudas podrán ser solicitadas por aquellos alumnos/as pertenecientes a unidades familiares cuyos ingresos no superen los siguientes umbrales íntegros:


  • INFANTIL Y PRIMARIA
    • Hasta 12.000,00 Euros -> (1 hijo)
    • Hasta 14.000,00 Euros -> (2 hijos)
    • Hasta 16.000,00 Euros -> (3 hijos)
    • Hasta 18.000,00 Euros -> (4 hijos)
    • Hasta 20.000,00 Euros -> (5 hijos)
    A partir del sexto hijo, se añadirán 2.000,00 Euros por cada miembro computable

  • SECUNDARIA, BACHILLER, CICLOS FORMATIVOS Y MÚSICA
    • Hasta 15.000,00 Euros -> (1 hijo)
    • Hasta 17.000,00 Euros -> (2 hijos)
    • Hasta 19.000,00 Euros -> (3 hijos)
    • Hasta 21.000,00 Euros -> (4 hijos)
    • Hasta 23.000,00 Euros -> (5 hijos)
    A partir del sexto hijo, se añadirán 2.000,00 Euros por cada miembro computable

  • ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
    • Hasta 20.000,00 Euros -> (1 hijo)
    • Hasta 23.000,00 Euros -> (2 hijos)
    • Hasta 26.000,00 Euros -> (3 hijos)
    • Hasta 29.000,00 Euros -> (4 hijos)
    • Hasta 32.000,00 Euros -> (5 hijos)
    A partir del sexto hijo, se añadirán 3.000,00 Euros por cada miembro computable

Si desea más información sobre la convocatoria puede solicitarla a través del correo electrónico: educacion@villadelaorotava.org

Teléfono: 922 32 44 44 ext 2319

Orden del día pleno ordinario 30 de septiembre 2024

26/09/2024

Orden del día del pleno ordinario a celebrarse el próximo lunes, 30 de septiembre 2024, a las 9:00 am. 

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6/09/2024

Plan Municipal de Gestión Ética y Control de Colonias Felinas, aprobado por el  Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 28 DE FEBRERO DE 2023

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