El Ayuntamiento de La Orotava, a través de su Concejalía delegada de Ordenación del Territorio, y atendiendo a la dinamización que necesitan los ámbitos comerciales e industriales, ha comenzado a aplicar el sistema simple de comunicación de inicio de 'Actividades Inocuas'. Este importante cambio es posible a la vista de la publicación de la Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias, y teniendo en cuenta su reciente entrada en vigor.
El teniente de alcalde y concejal delegado de Disciplina Urbanística, Narciso Pérez, subraya que "la medida supone un enorme adelanto para las empresas o para aquellos emprendedores que quieran iniciar una actividad empresarial, pues se logra eliminar una tramitación burocrática innecesaria, sobre todo en los tiempos actuales, y se simplifica el proceso a un único trámite". En esta línea, el edil explica que "a partir de ahora, sólo con la presentación de la instancia de comunicación por inicio de las actividades inocuas, habilita a la persona titular al inicio de ésta en el mismo día". Por actividades inocuas entendemos aquellas que no son susceptibles de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o a las personas. Es decir, la inmensa mayoría de los comercios: textiles, decoración, floristerías, librerías, zapaterías, peluquerías, etc. La ley minimiza la actuación administrativa e impulsa y responsabiliza a los profesionales privados, magnificando su intervención tanto en la redacción de los proyectos como en la puesta en funcionamiento de las actividades, y a los promotores de las actividades.
<<La comunicación previa permitirá, con carácter general, el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de un actividad, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas>>
MODELO
En el modelo municipal (de comunicación de inicio de actividad inocua) se deben aportar datos como nombre y apellidos de la persona o entidad interesada, y, en su caso, de la persona que lo represente, así como la identificación del lugar que se señale a efectos de notificaciones y la descripción y situación del establecimiento físico, descripción de la actividad. Además en este modelo se hace constar que los locales deben de cumplir con todos y cada uno de los requisitos que la normativa sectorial o urbanística exige respecto de la seguridad y la salud en los locales, y se advierte que la Administración se reserva su potestad de control, de inspección o de policía, pudiendo en cualquier momento que considere oportuno inspeccionar el local y requerir el cumplimiento de los requisitos antedichos, exigiendo la aportación de certificado técnico que los avale, advirtiendo al promotor que en caso de que se efectúe la inspección se generará una tasa que repercutirá en el promotor.
"Desde el Ayuntamiento -- puntualiza Narciso Pérez -- confiamos que este importante cambio suponga un adelanto para todos aquellos que necesitan iniciar una actividad empresarial en el municipio y que son los verdaderos generadores de empleo". "Y de igual forma -- anunció -- se está trabajando en la simplificación de los trámites de las Actividades Clasificadas que afectan sobre todo a bares y restaurantes, confiando en que podamos establecer el nuevo procedimiento antes del verano".