8/11/2013
Carecer de ingresos suficientes. De acuerdo con el tipo de pensión:
Jubilación: Edad: tener 65 o más años. Residir en el territorio español y haberlo hecho durante 10 años.
Invalidez: Edad: Tener 18 años o menos de 65. Residencia: Residir en el territorio español y haberlo hecho durante el período de 5 años, Grado de minusvalía del 65%.