Ordenanzas Fiscales 2021

29/10/2020
Ordenanzas Fiscales 2021

El Ayuntamiento de La Orotava, a través del Área de Economía y Hacienda, ha comunicado algunas de las características de las Ordenanzas Fiscales cara al próximo año 2021, haciendo una categorización en función del concepto al que beneficia.

Cabe recordar que para beneficiarse de las bonificaciones y exenciones incluidas en las ordenanzas fiscales, deberá ser solicitado por la persona interesada.

Para más información, se puede consultar el texto completo en las ordenanzas fiscales en www.laorotava.es.

En el caso de necesitar alguna aclaración de dudas, se debe solicitar previa en www.orotava.es/citaprevia para “Administración Tributaria y Tesorería”, o a través del teléfono 922 32 44 44 (ext.6).

De esta forma, las categorías serían las siguientes:

 

BENEFICIOS PARA LAS PERSONAS

Tasa Licencia Urbanística, Declaración Responsable o Comunicación Previa:

  • Bonificación del 90% para viviendas autoconstruidas
  • Bonificación del 5% para expedientes tramitados telemáticamente

Tasa Suministro de Agua:

  • Bonificación del 30% para familias numerosas de categoría general y 40% cuando sean de categoría especial

Tasa Alcantarillado:

  • Bonificación del 30% para familias numerosas de categoría general y 40% cuando sean de categoría especial

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

  • Bonificación del 50% para viviendas de protección oficial
  • Bonificación del 90% a las obras de mejora de la accesibilidad para personas con discapacidad
  • Bonificación del 90% para viviendas autoconstruidas

Tasa por ocupación del dominio público con materiales y similares

  • Bonificación del 50% para ocupación del dominio público por construcción de viviendas autoconstruidas

Impuesto sobre vehículos

  • Exención para los vehículos propiedad de personas con discapacidad
  • Bonificación del 100% los vehículos históricos y matriculados antes de 1953, así como los de 25 años de antigüedad siempre que el propietario no tenga otro vehículo a su nombre

Tasa de entrada de vehículos y reservas

  • Exención para personas con discapacidad en grado superior al 65%
  • Bonificación del 50% para viviendas autoconstruidas

Tasa cementerio municipal

  • Exención para los asilados, en el umbral de la pobreza o inhumaciones ordenadas por la Autoridad Judicial
  • Nueva tasa para arrendamiento de nichos destinado a cenizas (23 euros/año)

 

Tasa Recogida de Basuras

  • Bonificación del 30% para familias numerosas de categoría general y 40% cuando sean de categoría especial
  • Reducción del 50% para los titulares del carnet municipal de pensionista
  • Exención para los contribuyentes en situación de emergencia social
  • Devolución del importe abonado, por 1 año, para los contribuyentes ingresados en residencias por motivos sociales

 

Impuesto Bienes Inmuebles

  • Bonificación del 50% para viviendas de protección oficial
  • Bonificación del 30% para bienes de personas titulares de familias numerosas de carácter general y 40% cuando sean de carácter especial

Impuesto sobre incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalía)

  • Bonificación del 90% para las transmisiones de inmuebles a título de herencia cuando el valor catastral no supere los 60.000 euros
  • Exención en donaciones en pago de vivienda habitual del deudor hipotecario

Tasa expedición de documentos

  • Exención en certificados de viajes
  • Exención para los contribuyentes en situación de emergencia social
  • Exención en fotocopias en la Biblioteca Municipal (hasta 20 unidades)

Tasa por prestación del servicio de matrimonios civiles

  • Exención para personas residentes en el municipio
  • Bonificación del 5% para expedientes tramitados telemáticamente

 

PARA IMPULSAR LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

 

Impuesto Bienes Inmuebles

  • Bonificación del 50% para los inmuebles objeto de actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria
  • Bonificación del 95% para bienes rústicos de cooperativas agrarias

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

  • Bonificación del 95% para los bienes declarados de especial interés o utilidad pública

Impuesto sobre incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana

  • Bonificación del 95% cuando en los inmuebles se desarrolle actividad económica declaradas de especial interés o utilidad municipal

Impuesto sobre actividades económicas

  • 50% de bonificación para profesionales que inician su actividad, durante los 5 años siguientes a la conclusión del segundo periodo de desarrollo de la misma
  • Bonificación prevista en la Ley sobre Régimen Fiscal de Cooperativas
  • Bonificación del 50% durante 5 años por inicio de actividad
  • Bonificación según incremento de plantilla de trabajadores (20 a 50%)
  • Bonificación proporcional a la cantidad invertida a instalación de accesos para personas con movilidad reducida o para preservar el medio ambiente

Tasa de recogida de basuras

  • Reducción de la cuota en un 75% para emprendedores los dos primeros ejercicios
  • Reducción del 50% para los contribuyentes que retiren los derivados de la actividad con sus propios medios
  • Bonificación del 75% para las empresas cuya instalación se deba a un mínimo de 50% de financiación pública

Tasa licencia urbanística, declaración responsable o comunicación previa

  • Bonificación del 90% para construcciones declaradas de interés social o utilidad pública

Tasa por ocupación de la vía pública con mesas y sillas

  • Bonificación del 75% para nueva instalación o adecuación a nueva ordenanza reguladora (5 y 10 años)

Tasa por instalaciones o servicios constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de dominio público

  • Bonificación del 50% para rodajes de largometrajes, series o miniseries declarados de especial interés o con repercusión económica para el municipio
  • Bonificación del 20% para rodajes de productoras canarias

 

PARA CONSERVAR EL PATRIMONIO HISTÓRICO

 

Tasa por ocupación del dominio público con materiales y similares

  • Bonificación del 90% para obras en inmuebles catalogados

Tasa entrada de vehículos y reservas

  • Exención para inmuebles catalogados

Impuesto Bienes Inmuebles

  • Exención para los bienes declarados monumento o jardín histórico

Impuesto sobre vehículos

  • Bonificación del 50% para vehículos de más de 30 años de antigüedad
  • Bonificación del 100% para los vehículos históricos y matriculados antes de 1953

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

  • Bonificación del 90% obras de rehabilitación de monumentos o jardines históricos e inmuebles incluidos en el Catálogo de Edificaciones a Proteger

Tasa licencia urbanística, declaración responsable o comunicación previa

  • Bonificación del 90% para Inmuebles incluidos en el Catálogo de Edificaciones a Proteger del Plan General de Ordenación o en el Catálogo Arquitectónico del Plan Especial del Casco

Tasa expedición de documentos

  • No sujeción por reproducción de expedientes de 15 o menos unidades por solicitud en el Archivo Histórico

 

PARA PRESERVAR EL MEDIO AMBIENTE

 

Impuesto Bienes Inmuebles

  • Bonificación del 30% para viviendas con placas solares durante 20 años

Impuesto sobre Actividades Económicas

  • 50% de bonificación por utilización de energías renovables

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

  • Bonificación del 50% cuando se incorporen sistemas de aprovechamiento térmio o eléctrico de la energía solar

Tasa de entrada de vehículos y reservas

  • Bonificación del 30% para instalación de paneles de energía solar

Impuesto de vehículos

  • Bonificación del 75% en función del carburante y vehículos híbridos