Tenencia de animales potencialmente peligrosos
Cómo se obtiene la licencia para la tenencia de los animales potencialmente peligrosos El propietario debe aportar la siguiente documentación en Bienestar Animal de la concejalía o bien a través de la Sede Electrónica:
- Fotocopia del DNI del propietario.
- Original del Certificado de capacidad física para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Original del Certificado de aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Fotocopia de documento acreditativo de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con cobertura no inferior a 120.000 euros.
- Fotocopia de documento acreditativo de haber censado al animal en el Registro Oficial de Animales de Compañía (MICROCHIP).
- Cumplimentar el modelo de solicitud de Licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Cartilla Sanitaria del Animal con la vacuna de la rabia en vigor.
Listado de perros considerados Potencialmente Peligrosos. Según el RD 287/2002 tendrán la consideración de perros potencialmente peligrosos:
a) Los pertenecientes a las razas marcadas en violeta y/o a sus cruces.
b) Aquellos cuyas características correspondan con todas o la mayoría de las siguientes:
b1) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
b2) Marcado carácter y gran valor.
b3) Pelo corto.
b4) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura ala cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
b5) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta , con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas granes y fuertes, boca robusta ancha y profunda.
b6) Cuello ancho, musculoso y corto.
b7) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
b8) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
c) Aunque no se encuentren incluidos en los apartados anteriores, serán considerados perros potencialmente peligrosos los animales que se manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.
Razas consideradas peligrosas
Razas catalogadas como potencialmente peligrosas (p.p.) según el R.D. 287/2002 del 22 de marzo por el que se desarrolló la Ley 30/1999 de 23 de diciembre sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmlente peligrosos.
- Pit Bull Terrier
- Staffordshire Bull Terrier
- American Staffordshire Terrier
- Rottweiler
- Dogo Argentino
- Fila Brasileiro
- Tosa Inu
- Akita Inu