DESCRIPCIÓN
El Ayuntamiento de La Orotava tramita la concesión de Becas para la Escuela Infantil, regida por la Ordenanza Reguladora, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife (BOP), número 77 de 26 de junio de 2024.
DESTINATARIOS
Menores residentes, empadronados en el municipio, con edades comprendidas entre los 4 meses y 3 años y cuyo padre, madre o el tutor legal que tenga su guardia custodia efectiva esté empadronado en la Villa de la Orotava con una antigüedad mínima de 6 meses, se encentren matriculados con reserva de plaza en cualesquiera de las escuelas infantiles municipales.
LUGAR DE PRESENTACIÓN
- Oficina de Atención en Materia de Registro del Excmo. Ayuntamiento de La Orotava, sito en Plaza del Ayuntamiento s/n. (Se requiere cita previa)
- Sede electrónica: https://laorotava.sedelectronica.es
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Convocatoria abierta durante el curso escolar 2024-2025 (según disponibilidad de plaza)
NORMATIVA APLICABLE
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Bases de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio económico 2024.
- Ordenanza Reguladora de la Concesión de Becas para la Asistencia de Alumnos a Las Escuelas Infantiles del Municipio de la Villa de la Orotava, BOP Nº77 de 26 de junio de 2024, y su Convocatoria Anual, BOP Nº 87 de 19 de julio de 2024.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ÁREA RESPONSABLE
Actividades Preferentes (Educación)
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER
El Alcalde
PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
6 meses
EFECTOS DEL SILECIO ADMINISTRATIVO
Desestimatorio
INFORMACIÓN ADICIONAL
La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de las bases establecidas en la presente ordenanza y la convocatoria del curso correspondientes
La admisión a trámite de la solicitud de subvención debe estar precedida de aceptación de plaza de la Escuela Infantil.
La admisión a trámite de la solicitud de subvención no supone en ningún caso, SU CONCESIÓN, ni la reserva de plaza, en la escuela infantil municipal.
Incompatibilidad: estas ayudas son incompatibles con cualquiera otras de la misma finalidad que pudieran recibir de otras entidades o personas públicas o privadas.
Criterios de concesión y baremos: Expuestos en la Convocatoria de Becas de la Escuela Infantil. Artículo 8º pág. 8.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
Toda la documentación que se presente deberá ser original o copia auténtica y será referente a todos los miembros que aparecen en la unidad familiar.
En caso de solicitar beca para 2 o más hermanos, hay que presentar una solicitud por cada menor, pero aportando la documentación en una sola. Esta situación se consignará en la solicitud.
La documentación que aportar está expuesta en la Convocatoria de las Becas de la Escuela Infantil, Artículo 7º pág. 5.