¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Título de familia numerosa?

8/11/2013

Se considerará familia numerosa la que, reuniendo las demás condiciones que se señalan en la Ley de Protección a las Familias Numerosas esté constituida por:

El cabeza de familia, su cónyuge, si lo hubiere y tres o más hijos.

El cabeza de familia, su cónyuge, si lo hubiere y dos hijos siempre que uno de éstos sea minusválido o incapacitado para el trabajo.

Los hijos deben ser: soltero y menor de 21 años, o tener la condición de disminuido psíquico o físico o minusválido o estar incapacitado para el trabajo. El límite de edad se ampliará hasta los 25 años, mientras: realicen estudios de educación universitaria, de Formación Profesional de segundo y tercer grado, de estudios eclesiásticos de enseñanzas especializadas de nivel equivalente a las universitarias o profesionales y de educación de deficientes o inadaptados, todos ellos, en Centros estatales, autónomos o privados, o cualesquiera otros de análoga naturaleza. Los hijos deben convivir con el cabeza de familia y depender económicamente de él.