Funcionamiento asociativo

25/04/2014

Modificaciones y renovación anual de la inscripción

Las entidades inscritas en el Registro están obligadas a notificar al mismo toda modificación que se produzca en los datos inscritos, dentro del mes siguiente a la modificación. El presupuesto y el programa anual de actividades se comunicará en el mes de enero de cada año. El incumplimiento de esta obligación producirá la baja en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, así como la pérdida de los derechos que la inscripción comporta. Para ello se tramitará el oportuno expediente, que, en todo caso, contemplará un trámite de audiencia previa a la entidad interesada.

Extinción de una Asociación

Así como se crea una Asociación, ésta también pueden ser disuelta. Para ello deben presentarse en cualquier oficina de Registro Oficial del Gobierno de Canarias, o de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias, la siguiente documentación:

  • Solicitud de Inscripción de Disolución de la Asociación
  • Original y copia del Acta de la Asamblea General donde se recoja el acuerdo de disolución, el nombramiento de las personas que conforman la comisión liquidadora y la aplicación de los bienes sobrantes)